PRIMERA: El sorteo consistirá en TARJETAS REGALO para invertir en próximas compras en el comercio egabrense socio de AECA por el importe del ticket de compra agraciado en el sorteo (redondeando los céntimos a la unidad de euro superior) con un límite de 50€ y que se haya "subido" correctamente a través del microsite web https://elcomerciodecabratequiere.com/navidad habilitado de los días 16 de diciembre 2024 al 5 de enero 2025.
Valor máximo de las tarjetas regalo 50€, estableciendo premios hasta alcanzar los 1.000,00€ en total.
SEGUNDA: Los establecimientos participantes son los comercios socios de AECA, es decir, sus tickets legalmente expedidos son válidos para participar y posteriormente en ellos se podrán usar las tarjetas regalo. Estos establecimientos poseen un póster con un QR que da acceso al microsite con comodidad y así poder acceder al aplicativo para "subir" los datos y el tickets de compra para participar en el sorteo.
TERCERA: Podrá participar en el sorteo cualquier persona mayor de edad que "suba" correctamente, mediante el aplicativo web anteriormente descrito, un ticket de compra de cualquier comercio egabrense socio de AECA, además de proporcionar su nombre, apellidos, DNI y tlf de contacto. Al hacerlo obtendrá un número que será con el que participe en el sorteo. El importe mínimo del ticket de compra para poder participar es de 5,00€.
CUARTA: No podrán participar en este sorteo, ni los titulares de los establecimientos, ni sus trabajadores, ni familiares directos de éstos hasta el primer grado por consanguinidad y afinidad (padres, suegros, o hijos, nueras, yernos, ...) con tickets de esos establecimientos con los que guardan relación. Sí pueden hacerlo, en cambio, con tickets de otros establecimientos participantes con los que no tienen este tipo de relación.
QUINTA: La participación en esta promoción significa la aceptación de estas bases (y de su mejor interpretación por parte de la Organización).
SEXTA: La duración de la Promoción comprenderá desde el 16 de diciembre 2024 al 5 de enero 2025, y por tanto solo se considerarán válidos los tickets fechados en tales días y que estén legalmente expedidos.
SÉPTIMA: El sorteo se hará público, y ante los medios de comunicación, por directivos de la Asociación de Empresarios y Comerciantes de Cabra (AECA).
OCTAVA: Se considera que un comprador participante es agraciado/a cuando en el sorteo ha sido extraído un número que coincida con el número de participación que le otorgó el aplicativo web y ha realizado correctamente la operativa de subir el tickets, es decir, los datos aportados son correctos y el tickets aportado es conforme a legislación vigente y cumple estas bases.
NOVENA: Será sobre los agraciados, aunque intentará contactar la organización con ellos, sobre los que recaerá la responsabilidad de recoger sus tarjetas regalo y tendrán diez días de plazo para reclamar el premio, a contar desde el primer día laborable después del sorteo. Transcurrido el mismo sin que aparezca el/la agraciado/a el premio que le correspondiera quedará desestimado.
El plazo máximo para usar la tarjeta regalo es de un mes desde la fecha de realización del sorteo.
Campaña "1.000 razones para Quedarte en Cabra". ©2024 Asociación de Empresarios y Comerciantes de Cabra / CCA Cabra